Síguenos también en:

Una empresa familiar tiene como rasgo esencial el que en su seno las relaciones de participación significativas están detentadas por miembros de un mismo grupo familiar.

La empresa familiar incluye, además de los elementos propios de todo negocio en marcha como son los del inmovilizado material e inmaterial, clientes y proveedores, aportaciones económicas por cualquier título de los socios, las estructuras de organización y dirección social tanto de gestión como de administración, un elemento permanente de relación personal presente entre determinados individuos concretos y las expectativas futuras de inclusión en dicha estructura de elementos personales no incorporados a la misma en la actualidad pero que por razón de su pertenencia al grupo familiar, bien sea por nacimiento en su seno, bien por matrimonio o por cualquier otra circunstancia sobrevenida, ostentan unas determinadas expectativas en relación al negocio familiar definido en el objeto social.

El protocolo familiar pretende regular y encauzar la multiplicidad de intereses personales y patrimoniales que confluyen en una empresa de estas características, de forma tal que, teniéndose en cuenta las expectativas de todos sus integrantes, el fin último a preservar sea la propia continuidad de la empresa en las mejores condiciones tanto de gestión como de integridad del patrimonio empresarial para competir en el mercado con garantías de permanencia futura.

Aspectos a tener en cuenta:

Analizar la normativa sucesoria que afecte a los integrantes de la empresa familiar y preparar testamentos que se adecuen a las necesidades de conservación del patrimonio familiar empresarial.

Conveniencia de otorgar capitulaciones matrimoniales contemplando los efectos económicos de la disolución de los matrimonios.

Modificación de los estatutos sociales.

Creación de la figura del Consejo de Familia, formado sólo por los miembros de ésta vinculados a la marcha de la empresa familiar, y del Consejo Asesor, formado sólo por asesores externos y cuyas funciones serán de carácter consultivo previo a la adopción de determinadas decisiones especialmente trascendentes

El Consejo de Familia

Es un órgano que suele establecerse en el protocolo familiar y tiene como destino decidir cuestiones y diferencias que pueden producirse con motivo del cumplimiento del protocolo familiar.

Este órgano también suele preparar las modificaciones que deban realizarse en el protocolo familiar debido a los cambios que van produciéndose en el grupo familiar.

Envíenos su consulta

Nos comprometemos a contestarle dentro de las 24 h. siguientes a la recepción de su consulta, siempre en días laborables.