La Legítima
MIGUEL & ESCRIG ABOGADOS

La legítima es una parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente por haberla reservado la ley a determinados herederos llamados legitimarios.

El legislador ha pretendido proteger mediante la legítima a los parientes más próximos del testador.

De la misma forma el testador no puede privar a los legitimarios de la misma ni imponerles ninguna condición ni gravamen salvo lo dispuesto para el usufructo del viudo.

Toda renuncia o transacción sobre la legítima futura es nula y los legitimarios podrán reclamarla cuando muera aquel, pero deberán traer a colación lo que hubiesen recibido por la renuncia o transacción.

Para fijar la legítima se debe estar a los bienes y derechos que queden a la muerte del testador con deducción de las deudas y cargas.

 

Acceso rápido

Acceda de forma rápida y comoda a nuestro mapa web.

Links de Interés

A continuación les proponemos una lista de enlaces que pueden ser de su ineteres.

Textos legales

Tómese un momento para conocer nuestra Política de Privacidad y si necesita cualquier aclaración, contacte con nosotros.

Consultas

Para recibir asesoramiento legal de manera inmediata, desde cualquier punto de España.

info@miguel-escrig-abogados.com
Teléfono: 932 151 367

info@miguel-escrig-abogados.com
Teléfono: 961 101 635