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El legado: En el testamento el causante puede dejar a una o varias personas cosas determinadas. A estos bienes concretos se les denomina legados y a los beneficiarios, legatarios.

La disposición de legados en una herencia tiene un límite: no puede perjudicar en ningún caso la legítima de los herederos forzosos, por lo que deberá reducirse su importe si perjudica los derechos legitimarios.

Igual que sucede en la herencia, también es posible renunciar al legado.

Los herederos son los obligados a entregar los legados que el testador haya establecido en su testamento.

Nuestro despacho puede ayudarle a reclamar tanto la legítima como los legados que pudieran haberle correspondido.

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